Violencia contra las mujeres en Alerta máxima: OSC

En el marco del 8 de marzo “Día Internacional de las Mujeres” el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF), Católicas por el Derecho a Decidir (CDD), el Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia A.C. Justicia Pro Persona, denunciamos la prevalencia de la violencia feminicida en nuestro país. A nivel federal, estatal y municipal las acciones siguen siendo insuficientes y la integridad de las mujeres mexicanas está en un constante riesgo. Como organizaciones de la sociedad civil hemos informado al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) de la ONU sobre la gravedad que enfrentan las mujeres, niñas y adolescentes del país.

De acuerdo con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) de enero a diciembre de 2020, fueron asesinadas 3,752 mujeres en el país, es decir, 10 mujeres son asesinadas cada día y solo el 26% de los casos se investigan como feminicidio. 

Reportes del INEGI muestran que las mujeres son asesinadas con mayor violencia y saña que los hombres con medios que producen mayor dolor, prolongan su sufrimiento antes de morir y que conllevan la aplicación de la fuerza corporal para someterlas. 30 de cada 100 mujeres asesinadas son ahorcadas o sofocadas, ahogadas, quemadas, golpeadas con algún objeto o herida con un arma punzocortante.

De acuerdo con el SESNSP, en México, cada hora ocurren cerca de 2 violaciones sexuales (denunciadas). De enero a diciembre de 2020, fueron denunciados 54,342 delitos sexuales en nuestro país. 

En cuanto a las desapariciones de mujeres, niñas y adolescentes, en el territorio nacional desaparecen más de 26 cada día. Información de Fiscalías y Procuradurías proporcionada al OCNF muestra que de enero a agosto de 2020, desaparecieron 5,223 en 12 estados del país, 5 de cada 10 son menores de edad y 1,290 siguen pendientes de localizar.

El 56% del territorio en México está declarado oficialmente en Alerta de Género. A la fecha han sido solicitadas 45 Declaratorias de Alertas de Violencia de Género contra las Mujeres (DAVGM) y 21 fueron declaradas en 18 estados. Si bien en julio de 2018 el Comité CEDAW recomendó al Estado mexicano garantizar la participación de las OSC en el proceso de AVGM esto no se ha establecido legalmente.

En Veracruz y Guerrero fueron declaradas AVGM por Agravio Comparado debido a que sus políticas son discriminatorias contra las mujeres y las niñas, violentando sus derechos reproductivos. Hasta la fecha no se han realizado las modificaciones normativas necesarias para revertir dicha discriminación.

La AVGM es el mecanismo formal para exigir la garantía de los derechos de las mujeres, adolescentes y niñas. Como defensoras de estos derechos, reiteramos que -de implementarse- las Declaratorias de Alerta pueden contribuir a la prevención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres, niñas y adolescentes en México.

A pesar de que cada día el proyecto de vida de 10 mujeres en México es truncado, hasta la fecha no existen medidas eficaces que puedan prevenir, reducir y eliminar los delitos de género en nuestro país. Existe una violencia institucional que demerita, invisibiliza  y evade la realidad que vive más del 52% de la población a nivel nacional. 

Es por ello que en el marco del Día Internacional de las Mujeres hacemos las siguientes recomendaciones para contrarrestar la violencia contra las mujeres, niñas y adolescentes en México.

Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM): 

  • El Poder Ejecutivo y Legislativo deben modificar la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia  y su Reglamento para evitar los vacíos legales, así como para que  se precise el procedimiento de dicho mecanismo  y  se considere la participación de la sociedad civil a fin de evitar la discrecionalidad. 
  • Construir una metodología para la elaboración de Dictámenes de evaluación con indicadores de medición. Estos Dictámenes deben ayudar a identificar las fallas y los avances en la implementación en coordinación con las autoridades del estado evaluado. 
  • Crear un mecanismo que dé seguimiento a las medidas dictadas a través de las AVGM, para impulsar su cumplimiento inmediato y eficaz, donde participe sociedad civil. Deben establecerse indicadores  de evaluación para medir resultados e impactos que mejoren la atención, prevención y sanción de la violencia.
  • Priorizar la realización de las reformas legislativas dictadas a través de las AVGM que son necesarias para evitar que se siga menoscabando los derechos de las mujeres, niñas y adolescentes. 

Desaparición de mujeres niñas y adolescentes: 

  • Implementar de manera inmediata y eficaz el Protocolo Alba y la Alerta Amber ante la desaparición de mujeres, niñas y adolescentes.
  • Eliminar la reproducción de los estereotipos de género cuando una mujer es desaparecida.
  • Actuar de manera inmediata y coordinada a fin de no perder tiempo valioso que pudiera obstaculizar la aparición con vida de las mujeres, niñas o adolescentes desaparecidas.
  • Realizar investigaciones con perspectiva de género que además vinculen la desaparición con otros probables delitos de género como la trata de personas, pornografía intantil, femicidio, etc.

Asesinatos de mujeres y feminicidios:

  • El Estado mexicano no puede desaparecer la tipificación del delito de feminicidio; ubicarlo como una agravante al delito de homicidio significa un retroceso a los derechos de las mujeres. 
  • Es necesario que las modificaciones al Código Penal Federal o la creación de un Código Penal Único incorporen las razones de género objetivas, a fin de que el delito pueda acreditarse de manera eficaz.
  • Investigar con perspectiva de género y que toda muerte violenta de mujeres sea investigada de inicio como feminicidio, en cumplimiento a la sentencia Mariana Lima Buendía de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
  • Garantizar que los Protocolos de Investigación del delito de feminicidio estén actualizados al nuevo Sistema de Justicia Penal, incorporen un enfoque diferencial, étnico o multicultural, además de la debida diligencia, perspectiva de género y perspectiva de derechos humanos.

Violencia sexual en México: Delitos sexuales, violaciones y violencia familiar:

  • Las autoridades federales y estatales deben garantizar la implementación efectiva de la NOM 046, para atender a víctimas de violencia familiar y sexual.
  • Las autoridades federales y estatales deben garantizar la interrupción legal del embarazo producto de una violación sin que haya una denuncia previa.
  • El Poder Legislativo debe modificar los marcos normativos  que son discriminatorios contra las mujeres, los cuales han sido denunciados en las AVGM por Agravio Comparado solicitadas para Veracruz y Guerrero, que hasta  la fecha se han negado a modificar. 

La violencia feminicida es una problemática que no se puede ocultar, es necesario que de manera urgente se dimensione que los delitos de género impactan negativamente no solo la vida de las mujeres, niñas y adolescentes sino al tejido social de nuestro país. Tomar acción frente a esta violencia contribuirá a garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia y a evitar normalizar la brutal violencia que carcome a México.

ATENTAMENTE,

Católicas por el Derecho a Decidir 

Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio

Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia A.C.

Justicia Pro Persona